Sin control !
Los controladores aéreos abandonan en masa sus puestos y el gobierno de España acaba declarando el "Estado de Alarma".
Soy sólo yo el que piensa que el mundo se está yendo a la mierda? Poco a poco? Crisis económica, Wikileaks + lo que conlleva, controladores aéreos...
Sobre éstos últimos, soltaré escuetamente:
- Se consideran esclavizados, dicen que ganan lo que ganan porque les OBLIGAN a hacer horas extra a precio de oro.
- El gobierno les quitó derechos (que tenemos tu y yo) este viernes a lo zorrudo (de ahí al desplante immediato).
- Que hagan horas extra es porque hay pocos controladores
- Los culpables de los pocos controladores parecen ser los propios controladores.
- Los controladores culpan al gobierno de que haya pocos controladores.
- Lo que han hecho los controladores, aunque tengan razón para hacerlo, no se puede hacer. Tienen unas responsabilidades.
Lo que sí está claro es que quien va a la huelga (que esto no es huelga) no lo hace porque sí. Pero en la prensa nacional no veo entrevistas a los controladores, veo sólo un lado.. noticias en "Mono" y no en "Estéreo"
Dejo este enlace aquí, creo que me llegó por twitter, gracias a quien lo twitteara...
http://bloguionistas.wordpress.com/2010/12/04/no-controles/
Ah.. opinión d'erGuiri : Culpables gobierno, gobiernos anteriores, y controladores... TODOS... Los que pagan... pues ya sabemos quienes somos!
Comentarios
en cuanto a la culpa está un poco repartida pero no olvidemos quien se "sienta a negociar" el dia mismo del comienzo del puente...
pero sobretodo es de esta peña que son unos irresponsables por largarse de sus puestos de trabajo... lo hacemos uno de nosotros y vamos...
Me pregunto ahora -tras ver comentarios deseando la peor de las muerte y a Ignasi Guardans pidiendo a la gente en twitter que "delaten" a sus vecinos controladores para que los caneen- si la gente se piensa que los derechos laborales, en la época que no existía eso de la "huelga legal avisada con 10 días de antelación con mesa de negociación por medio", se consiguieron repartiendo margaritas y quedándose en el trabajo. Hasta donde he podido informarme recurren a bajas y demás triquiñuelas porque sus servicios mínimos son del 100% (el 120% he llegado a leer, o sea, más gente el día de huelga de la que trabajaría normalmente si no se inflaran a horas extra). Valiente derecho de huelga ese, que ríete tú de la Espe y los del metro.
Esto es una huelga, encubierta, ilegal, prohibida o como quieran llamarla, pero huelga al fin y al cabo. Un suicidio de imagen, cierto, sus motivos tendrán si es verdad eso de que pasaron por los tribunales y sus denuncias se perdían por el camino (no estaría de más que publicaran esas demandas y resoluciones judiciales en la web, por la credibilidad y tal) y más si se arriesgan a ir a la cárcel (también echo en falta algún "mártir" sindical que le plante cara a la lechuga y se pase unos días a la sombra, así la cosa sería más creíble, pero somos humanos y supongo que la idea de ir a la trena por ¡sedición nada menos! se antoja aún peor que trabajar a punta de pistola)
¿Que jode a mucha gente? Pregúntennos a los padres si joden o no las huelgas de profesores (que las hay, y bastante frecuentes por estos lares). Esas tienen servicios mínimos que permiten llevar a los críos al colegio, pero desde luego no reciben clase como tal. Total, como sólo estamos hablando de la educación de futuras generaciones... nimiedades. Ahí nadie habla de responsabilidad, esa que claman gente que en su día repetía una frase que he oído muchas veces en mi vida laboral: Oye, que no vas a heredar la empresa
Leo por ahí, ¡chantaje! ¿y qué objeto tiene si no cualquier huelga? pero oiga, queda más fisno llamarla "medida de presión sindical". Lo que pasa es que los pringados no tenemos forma alguna de presionar a nadie, porque si no curramos perdemos un dinero que duele a fin de mes, porque si faltamos al trabajo no se vienen abajo el turismo ni las comunicaciones de todo un país (como mucho dejamos tirados a cuatro si se trabaja en el sector servicios, en otros ni eso). Porque somos muchos en todos los ramos, y más fácil es poner de acuerdo a 2000 tíos que a 20 millones. Y como una cosa es ser un desgraciado y otra que te lo certifiquen ante notario con reportaje, primera plana y banderilla en la T-4, claro, eso jode. Pero hacen exactamente lo que haríamos nosotros, si pudiéramos.
PD: bueno, y de la declaración del estado de alarma (que no de alerta y que además no contempla la militarización por ningún lado) y poner a los señores coroneles y código penal militar al canto, cuando no se aplica ni a la tropa más que de forma supletoria para determinados casos... mejor no hablamos. Como tuitearon por ahí: No hubo estado de alarma en el 23-F, ni en los ataques de los mercados, ni el 11-M,... ¿esto es lo más grave que ha pasado desde Franco?
Creo que el quid de la cuestión está en que si esta situación de haber pocos controladores es culpa de ellos mismos. El número de controladores que tiene que haber creo que siempre ha sido establecido por ellos mismos.
Si efectivamente es como yo digo, entonces no tienen perdón de dios.
En definitiva, que el fondo es discutible y negociable, pero no las formas.
3. Desde la entrada en vigor de esta ley, y en tanto no se acuerde y publique un nuevo convenio colectivo, AENA queda facultada para:
a) Acordar el desplazamiento temporal de sus trabajadores fuera del centro de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, siempre que ello fuera necesario para asegurar la seguridad y la continuidad en la prestación del servicio, por un periodo máximo de un año y sin perjuicio del derecho a la percepción de las indemnizaciones por causa del desplazamiento que procedan.
b) Cambiar la jornada por necesidades del servicio o por la variación de los horarios operativos de la dependencia, así como modificar la hora de entrada de un turno en un centro de trabajo, de hasta una hora, siempre que no excedan de dos las veces que se realice en un año natural.
c) Aprobar y publicar los turnos por meses naturales y con una antelación de diez días.
d) Acomodar a las necesidades derivadas de la obligación de garantizar la seguridad, eficacia y continuidad de la prestación del servicio, los periodos de disfrute de permisos, vacaciones y licencias, que quedan sujetos a la previa autorización de AENA.
e) Constatar la posible falta de adaptación de un controlador a las modificaciones técnicas o tecnológicas de su puesto de trabajo, a los efectos que procedan, y singularmente, para establecer su paso a funciones no operativas de control de tránsito aéreo.
El nuevo puesto de trabajo será retribuido de acuerdo con las funciones, operativas o no, que efectivamente realice el controlador.
4. Asimismo, desde la entrada en vigor de esta ley AENA podrá contratar a nuevos controladores de tránsito aéreo bajo cualquiera de las modalidades previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Sobre los controladores:
Disposición adicional segunda. Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.
1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.
Es decir, que tienes que hacer 1670 horas APARTE de las bajas médicas, horas sindicales, etc... que sí, que las cobras, pero estamos hablando de que si estás 1 mes hospitalizado, después tienes que recuperarlo en actividad aeronáutica. A mí me dicen de recuperar las horas de baja y quemo la empresa directamente.
Controladores aparte, lean lo que dice de AENA, que nos vamos a reír:
La reforma que se aborda se inscribe en este marco y para ello prevé la creación de una Sociedad Estatal que asuma la gestión de los aeropuertos que hasta ahora viene gestionando la Entidad Pública Empresarial AENA[...]
[ummm, sociedad estatal, de qué me suena eso... ah sí, Correos y Telégrafos. Pues mirad lo que están haciendo con correos y haceros a la idea de lo que viene]
...dotándola así de una estructura mercantil que posibilitará, no solo una mayor agilidad de gestión, sino además un marco jurídico más adecuado para mejorar la gestión de todas las actividades no estrictamente aeronáuticas que cada vez desarrollan más los gestores aeroportuarios, y que resultan necesarias para la financiación de las infraestructuras aeroportuarias sin que se grave más a las compañías aéreas y a los demás usuarios de las mismas.
Por otra parte la nueva estructura empresarial que se establece permite la consecución del objetivo de dar entrada al capital privado, si bien manteniendo en todo caso el carácter estatal de la sociedad, lo que supone el control de la mayoría de su capital.
Además se articulan dos vías para la posible gestión individualizada de los aeropuertos, que podrá articularse, bien a través de la creación de sociedades filiales de «Aena Aeropuertos, S.A.», bien a través del otorgamiento de concesiones a favor del sector privado.
[Seguimos con el patrimonio]
Artículo 9. Patrimonio aeroportuario.
1. Todos los bienes de dominio público estatal adscritos a la entidad pública empresarial AENA que no estén afectos a los servicios de navegación aérea, incluidos los destinados a los servicios de tránsito aéreo de aeródromo, dejarán de tener naturaleza de bienes de dominio público, sin que por ello se entienda alterado el fin expropiatorio, por lo que no procederá su reversión.
Real Decreto Ley 13/2010 de 3 de diciembre (publicado a última hora en un BOE extraordinario el primer día del puente)
Sobre los controladores:
Disposición adicional segunda. Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.
1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.
Es decir, que tienes que hacer 1670 horas APARTE de las bajas médicas, horas sindicales, etc... que sí, que las cobras, pero estamos hablando de que si estás 1 mes hospitalizado, después tienes que recuperarlo en actividad aeronáutica. A mí me dicen de recuperar las horas de baja y quemo la empresa directamente.
Controladores aparte, lean lo que dice de AENA, que nos vamos a reír:
La reforma que se aborda se inscribe en este marco y para ello prevé la creación de una Sociedad Estatal que asuma la gestión de los aeropuertos que hasta ahora viene gestionando la Entidad Pública Empresarial AENA[...]
[ummm, sociedad estatal, de qué me suena eso... ah sí, Correos y Telégrafos. Pues mirad lo que están haciendo con correos y haceros a la idea de lo que viene]
...dotándola así de una estructura mercantil que posibilitará, no solo una mayor agilidad de gestión, sino además un marco jurídico más adecuado para mejorar la gestión de todas las actividades no estrictamente aeronáuticas que cada vez desarrollan más los gestores aeroportuarios, y que resultan necesarias para la financiación de las infraestructuras aeroportuarias sin que se grave más a las compañías aéreas y a los demás usuarios de las mismas.
Por otra parte la nueva estructura empresarial que se establece permite la consecución del objetivo de dar entrada al capital privado, si bien manteniendo en todo caso el carácter estatal de la sociedad, lo que supone el control de la mayoría de su capital.
Además se articulan dos vías para la posible gestión individualizada de los aeropuertos, que podrá articularse, bien a través de la creación de sociedades filiales de «Aena Aeropuertos, S.A.», bien a través del otorgamiento de concesiones a favor del sector privado.
[Seguimos con el patrimonio]
Artículo 9. Patrimonio aeroportuario.
1. Todos los bienes de dominio público estatal adscritos a la entidad pública empresarial AENA que no estén afectos a los servicios de navegación aérea, incluidos los destinados a los servicios de tránsito aéreo de aeródromo, dejarán de tener naturaleza de bienes de dominio público, sin que por ello se entienda alterado el fin expropiatorio, por lo que no procederá su reversión.
Publícalo en alguno de tus blogs y luego comenta un poco aquí y pon el enlace!
Mi blog es que es un poco más temático, aunque con las horas que estoy echando a leer sobre este tema no creas que no me lo planteo.
Uno de los comentarios esta repe, voy a ver si lo borro.